Aviso inquilinos: todas las reformas que tienes que pagar si estás de alquiler
Todo lo que debes saber sobre si quieres hacer reformas en un piso estando de alquiler
Vivir de alquiler es una práctica habitual que realizan cientos de miles de españoles ante la dificultad de acceder a la compra de una casa a día de hoy. El precio de la vivienda sigue subiendo como la espuma y las dificultades que atraviesan muchos jóvenes y familias para llegar a fin de mes hace inviable meterse en una financiación a la larga con un banco. Por ello muchos recurren al alquiler como fin para encontrar una casa. Esto tiene sus ventajas e inconvenientes. Si estás de inquilino en un piso, estos debes conocer para no llevarte un susto en el caso de que haya que hacer reformas.
Las reformas en un piso de alquiler son muy habituales y para ello no es necesario llevar a cabo una gran construcción. Los pisos sufren un desgaste en su día a día así como los muebles y electrodomésticos que habitan en el piso. Por ello, es bueno tener claro una vez que se establece un contrato con el propietario quien de las dos partes se encargan de poner el dinero para renovar la vivienda. Lo que está claro es que todo tiene que quedar estipulado en el contrato para que no haya confusión.
En primer lugar hay una cosa clara en lo que se refiere a las reformas en un piso de alquiler. Según dicta la Ley de Arrendamientos Urbanos (Ley 29/1994, de 24 de noviembre) «el inquilino no puede hacer reformas en un piso de alquiler sin el consentimiento expreso y por escrito del propietario». Esta norma también establece una serie de obligaciones para el dueño de la vivienda, que tendrá que poner la casa «a disposición del inquilino en perfecto estado de conservación».
Las reformas que paga el propietario en el alquiler
El propietario de un inmueble tendrá que hacerse cargo de las reformas más importantes de la vivienda que tengan que ver con la estructura del edificio y las que sean provocadas por el desgaste diario del mismo. Aquí también entran ciertos electrodomésticos y muebles siempre y cuando no haya sido el inquilino el responsable.
Así que según reza la Ley de Arrendamientos Urbanos, «el propietario deberá acometer todas las reparaciones que sean necesarias, sin derecho a subir la renta por este motivo». «La única excepción a esta obligación de reparar se da cuando el deterioro se deba a la actuación del propio inquilino o si la vivienda se destruye por causas ajenas al propietario. También se excluyen las pequeñas reparaciones debidas al desgaste normal de la vivienda, que deberá asumir el inquilino», afirma la norma.
Las obligaciones del propietario en el alquiler de una vivienda también pasan por hacerse cargo de los costes de la comunidad, pagar los impuestos y tasas aplicables a la propiedad de una vivienda y también disponer de un certificado de eficiencia energética de la vivienda (a partir de 2030 la Unión Europea aumentará las exigencias).
Las reformas de las que se encarga el inquilino
La Ley de Arrendamientos Urbanos pone el foco en las pequeñas reparaciones debidas al desgaste normal de las viviendas, que tendrán que ser sufragadas por el inquilino del alquiler y de las que queda exento el propietario. Así que la persona que habita en la casa se tendría que encargar de la reparación de electrodomésticas o muebles (siempre que haya sido el causante) y demás arreglos menores de la vivienda como puede ser el arreglo de paredes, suelo o incluso alguna pieza de fontanería.
Uno de los puntos más importantes que se estipulan en el contrato de un piso es devolverlo como se ha encontrado y por ello se establece una fianza previa con el objetivo que el propietario no acabe perdiendo más de la cuenta en caso de destrozo. Así que dentro de la obligación de un inquilino en el alquiler de un piso será cambiar el mobiliario o electrodomésticos en caso de desperfectos, tener cuidadas las paredes (tapar los agujeros) y si es necesario arreglar algunos tramos del suelo si han sufrido algún desperfecto durante tu estancia en la casa.
Aún así, todas estas condiciones deben ir estipuladas en el contrato de arrendamiento de la vivienda con el objetivo de que ninguna de las dos partes acabe perdiendo durante la estancia de los inquilinos en la vivienda.